REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cuatro (04) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º
Expediente Nº AP71-R-2013-000843 (244)
Vista la anterior diligencia de fecha 02 de agosto de 2016, presentada por la abogado MIGUELA APONTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 17.343, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil EXCURSIONES CANAIMA, HERMANOS JIMÉNEZ, S.R.L., mediante la cual renunció al poder que le fuera sustituido en su persona por la abogada Brigida Contreras, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 17.175, cursante a los folios 305 al 306 (ambos inclusive) de la pieza Nº 1 del expediente, todo ello en virtud del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora, en el juicio que por RENDICIÓN DE CUENTAS, sigue la sociedad mercantil EXCURSIONES CANAIMA, HERMANOS JIMÉNEZ, C.A., contra la ciudadana ESPERANZA DE JESÚS JIMÉNEZ DE MARTINEZ, sustanciado en el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2013-000843 (244) de la nomenclatura interna de esta alzada.
En este sentido, el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil que establece:
“La representación de los apoderados y sustitutos cesa:
…OMISIS…
2º Por la renuncia del apoderado o del sustituto, pero la renuncia no producirá efecto respecto de las demás partes, sino después que se haga constar en el expediente la notificación de ella al poderdante.” Subrayado de esta alzada.
En consecuencia, considerando lo arriba expuesto y a los fines de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, derechos consagrados en el artículo 49 del Texto Constitucional, se ordena librar boleta de notificación dirigida a la parte demandada, sociedad mercantil EXCURSIONES CANAIMA, HERMANOS JIMÉNEZ, S.R.L., inscrita en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 11 de marzo de 1975, bajo el Nº 930, folios 164 al 165 y su vuelto del tomo 9 de los libros de registros de comercio llevados por ese juzgado, posteriormente reformada mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios, debidamente registrada en fecha 08 de junio de 1976, por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nº 45 a los folios 181 al 185 y vuelto de los libros de registro de comercio bajo el Nº 132, y posteriormente creada una sucursal de la empresa en esta Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy, Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 10 de mayo de 1990, quedando anotada bajo el Nº 29, tomo 44-A-Pro., del Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Miranda, posteriormente reactivada mediante asamblea general extraordinaria de socios en fecha 15 de agosto de 1996, siendo inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 23 de octubre de 1996, bajo el Nº 393, tomo C-3, y asimismo reactivada la sucursal por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 29 de abril de 1997, bajo el Nº 57, tomo 105-A-Pro., en la persona de su apoderada judicial, ciudadana BRIGIDA CONTRERAS CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-3.710.586, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 17.175, en la cual se le haga saber de la renuncia a la sustitución de poder otorgada a la abogada arriba identificada.
Dicha notificación deberá practicarse en el domicilio de la parte actora, el cual fue señalado por la misma en el escrito libelar cursante al folio 1 al 16, de la pieza Nº 1 del expediente, el cual se transcribe a continuación: “Peinero a Doctor Díaz, edificio 888, piso 11, oficina 11-A, Caracas”. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2013-000843 (244)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cuatro (04) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil EXCURSIONES CANAIMA, HERMANOS JIMÉNEZ, S.R.L., inscrita en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 11 de marzo de 1975, bajo el Nº 930, folios 164 al 165 y su vuelto del tomo 9 de los libros de registros de comercio llevados por ese juzgado, posteriormente reformada mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios, debidamente registrada en fecha 08 de junio de 1976, por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nº 45 a los folios 181 al 185 y vuelto de los libros de registro de comercio bajo el Nº 132, y posteriormente creada una sucursal de la empresa en esta Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy, Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 10 de mayo de 1990, quedando anotada bajo el Nº 29, tomo 44-A-Pro., del Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Miranda, posteriormente reactivada mediante asamblea general extraordinaria de socios en fecha 15 de agosto de 1996, siendo inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 23 de octubre de 1996, bajo el Nº 393, tomo C-3, y asimismo reactivada la sucursal por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 29 de abril de 1997, bajo el Nº 57, tomo 105-A-Pro., en la persona de su apoderada judicial, ciudadana BRIGIDA CONTRERAS CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-3.710.586, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 17.175, que por auto de esta misma fecha se ordenó su notificación, con la finalidad de hacer de su conocimiento que en fecha 02 de agosto de 2016, la abogada MIGUELA APONTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 17.343, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil EXCURSIONES CANAIMA, HERMANOS JIMÉNEZ, S.R.L., renunció al poder que le fuera sustituido en su persona, cursante a los folios 305 al 306 (ambos inclusive) de la pieza Nº 1 del expediente, todo ello en virtud del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora, en el juicio que por RENDICIÓN DE CUENTAS, sigue la sociedad mercantil EXCURSIONES CANAIMA, HERMANOS JIMÉNEZ, C.A., contra la ciudadana ESPERANZA DE JESÚS JIMÉNEZ DE MARTINEZ, sustanciado en el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2013-000843 (244) de la nomenclatura interna de esta alzada.
Firmará al pie de la presente boleta, en señal de haber sido debidamente notificado.
Notificación que se le hace, a los fines legales pertinentes.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
Firma:___________________________Fecha:_______________Hora:______________
Expediente Nº AP71-R-2013-000843 (244)