REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
157º y 206º
ASUNTO: AP21-L-2016-001637
Visto que el presente juicio se inició por demanda intentada por el ciudadano JORGE LUIS ORELLANA GERVRIZ, Cédula de Identidad Nº 17.671.696 contra la empresa INVERSIONES GOL C.A. (PIZZERIA GABRIEL PIZZA), y de una revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto, este juzgadora observa que mediante auto de fecha veintinueve (29) de junio de 2016, se le indicó a la parte actora que corrigiera el libelo de demanda, ampliara su solicitud señalando con exactitud cual era el salario mensual devengado por el trabajador y una relación detallada de los hechos como ocurrió el despido, se notificó a la parte actora de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil por ser de alto riesgo la dirección del actor y sin número que le identifique la vivienda, siendo notificado éste último en fecha 29/07/2016. De la revisión del expediente, se observa que el actor no consignó escrito de subsanación del libelo de demanda, y por cuanto disponía de dos (2) días para proceder a corregir dicho libelo, luego de su notificación, es decir tenia el día lunes 01 de agosto de 2016 y martes dos (02) de agosto de 2016, resulta forzoso para quien sentencia, conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, por las razones que anteceden, es forzoso para quien decide declarar INADMISIBLE la presente demanda. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez

Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)

Abg.Genesis Uribe