REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve de agosto de dos mil dieciséis
206º y 157º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003836
PARTE ACTORA: HUGO ALBERTO ESCALONA PACHECO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: LACTEOS LOS ANDES, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DINORA HERNANDEZ y ROCIO GONCALVES
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy nueve (09) de agosto de dos mil dieciséis (2016), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada LACTEOS LOS ANDES, C.A., en las personas de las ciudadanas DINORA HERNANDEZ y ROCIO GONCALVES, abogadas inscritas en el IPSA bajo los Nos. 162.969 y 238.121, debidamente acreditadas en autos; así mismo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 ° y 206 °.

El Juez

Abg. Juan Carlos Medina Cubillan

Las apoderadas de la demandada





La Secretaria