REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (9) de agosto del dos mil dieciséis (2016)

206º y 157º
ASUNTO: AP21-L-2014-000182.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

PARTE ACTORA: MANUEL DE JESUS HERNANDEZ VERGARA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-83.476.083.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ISRAEL ARISTIDES GARCIA OVIEDO, inscrito en el IPSA bajo el No. 97.052.

PARTE DEMANDADA: RESTAURANT IL GRILLO EXPRESS PASEO EL HATILLO. Inscrito por ante Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de agosto del 2005, bajo el número 78 tomo 129-a. Sociedad Mercantil Restauran IL Grillo operadora del fondo de comercio grupo Grigio17 inscrito por ante Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30 de octubre del 2003, bajo el número 17, tomo 720 - a quinto. Solidariamente a los ciudadanos: ALAN DANIEL ISEA FLORES, venezolano, Cédula de Identidad 9.098.011, en su condición de accionista, MANUEL ALBERTO TANGIR PALACIOS, Cédula de Identidad 11.230.473, MAURICIO MORALES, Cédula de Identidad 7.548.741.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA JESUS LEOPOLDO RONDON, inscrito en el IPSA bajo el No. 97.802.

APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO LLAMADO A JUICIO JOSE ANTONIO BRICEÑO, inscrito en el IPSA bajo el No. 195.503, en su carácter de apoderado judicial de IVER RESTAURACION C.A.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En fecha 8 de Agosto de 2016 se produjo la audiencia de juicio, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, supuesto que se subsume dentro del previsto en el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, levantándose acta declarando desistido el procedimiento.
Estando dentro del lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al pronunciamiento oral de la sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal pasa a reproducir el fallo en los siguientes términos:
En el acta de la audiencia de juicio se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, supuesto que se subsume dentro del previsto en el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que establece:
“…Si no comparece la parte demandante se entenderá que se desiste de la acción; en este caso, el juez de juicio dictará un auto en forma oral, reduciéndolo a un acta que se agregará al expediente…”.(subrayado añadido por el Tribunal de Juicio)

En razón todo lo anterior, resulta forzoso declarar desistido el procedimiento por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano MANUEL DE JESUS HERNANDEZ VERGARA. Así se establece.
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Desistido el procedimiento por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano MANUEL DE JESUS HERNANDEZ VERGARA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-83.476.083, contra RESTAURANT IL GRILLO EXPRESS PASEO EL HATILLO. Inscrito por ante Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de agosto del 2005, bajo el número 78, tomo 129-a. Sociedad Mercantil Restauran IL Grillo operadora del fondo de comercio grupo Grigio17 inscrito por ante Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30 de octubre del 2003, bajo el número 17, tomo 720 - a quinto. Solidariamente a los ciudadanos: ALAN DANIEL ISEA FLORES, venezolano, Cédula de Identidad 9.098.011, en su condición de accionista, MANUEL ALBERTO TANGIR PALACIOS, Cédula de Identidad 11.230.473, MAURICIO MORALES, Cédula de Identidad 7.548.741.
e IVER RESTAURACION C.A. partes suficientemente identificadas a los autos. Segundo: No hay condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 9 días del mes de Agosto de dos mil dieciséis (2016). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.


EL JUEZ

ABG. ADRIAN MENESES
LA SECRETARIA

ABG. KELLY SIRIT