REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas
206º y 157°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la ciudadana NORA CRISTINA ZAMBRANO DE NAVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V- 179.622, causahabiente del De-Cujus HECTOR ALFONSO NAVA ZAMBRANO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 4.162.335, fallecido Ab-Intestato, en fecha 26 de Enero de 2016, en el Corregimiento de SAN FRANCISCO, Distrito de PANAMÁ, Provincia de PANAMÁ, Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO,
DR. HUMBERTO OCANDO OCANDO
POR SECRETARIA,
AP31-S-2016-003678
HOO/JP.
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