REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 02 de agosto de 2016
206º y 157°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos CLARA EDECIA RODRIGUEZ SANCHEZ, ANTONIO MARIA SANCHEZ y JULIO RODRIGUEZ SANCHEZ venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nros. V-1.862.891, V-239.241 y V-1.862.890, causahabiente del De-Cujus JOSE PASTOR SANCHEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-959.930 fallecido Ab-Intestato, en fecha 27 de abril de 2016, en la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara. Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por el solicitante los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,


RENAN JOSE GONZALEZ.

EL SECRETARIO,


EDWARD COLMENARES.

EXP: AP31-2016-005558
RJG/EC/AP