REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 03 de agosto de 2016.-
206° y 157°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho; Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos JUAN CARLOS DIAZ GUTIERREZ, MARIA FERNANDA DIAZ GUTIERREZ, MANUEL ALFREDO DIAZ GUTIERREZ Y MARIA ELENA GUTIERREZ DE DIAZ,venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-12.018.773, V-17.125.768, V-15.664.981, y V-3.187.617; causahabientes del de-cujus MANUEL JOSE DIAZ PAREDES, titular de la cédula de identidad Nro V-2.750.099, quien falleció el día 30 de marzo de 2016, en la Parroquia el Chacao del Municipio Chacao del Estado Miranda. Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los interesados los fotostatos correspondientes. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

Dr. RENAN JOSE GONZALEZ.

EL SECRETARIO,

EDWARD COLMENARES.

RJG/EC/EA
EXP AP31-S-2016-003979