REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y
EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 09 agosto de 2016
Años 206° y 157°

Vistas las diligencias que anteceden, suscritas por la abogada MARIANA QUINTERO MOGOLLON, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº: 153.631, la primera de ellas consigna los fotostatos requeridos en auto de fecha 12 de julio de los corrientes a fin que se le haga entrega de los documentos originales previa certificación por Secretaria, y la segunda diligencia solicita se libren oficios a las autoridades civiles correspondientes a los fines de que tengan conocimiento de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el pedimento en ellas contenido, el Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se ordena la devolución de los documentos originales que rielan a los folios 18 al 48 ambos inclusive, que cursan en autos en la primera pieza, asimismo de los folios 140 al 148, ambos inclusive de la segunda pieza dejando en su lugar copias simples de los mismos, y entréguense a la solicitante. En cuanto al segundo pedimento este Tribunal NIEGA lo solicitado, en virtud de que la presente solicitud ya cumplió su fin, por lo que este Juzgado se estaría extralimitando de sus funciones, por lo que insta a la solicitante a retirar el mismo y realizar los tramites pertinentes por ante las autoridades competentes, de igual manera se ordena corregir la foliatura del presente expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 109 ut-supra identificado. Cúmplase.
LA JUEZA,


Abg. NELA PASQUALI
EL SECRETARIO

JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se cumplió con el auto que antecede.

EL SECRETARIO


JONATHAN GUILLEN











AP31-S-2014-006950
NVP/JG/rrj