REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo (22) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º


ASUNTO: AP21-L-2015-001601

Dando estricto acatamiento a la sentencia proferida por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de este Circuito Judicial, en fecha 11-08-2016, este Juzgado procede a la actualización de los intereses de mora y corrección monetaria de la cantidad condenada a pagar Bs.4.314,47, desde la fecha de notificación del demandado en el presente juicio 22-07-2015 hasta la presente fecha oportunidad en la que debe decretarse la ejecución voluntaria del fallo.
Ello así, se ordena agregar a los autos las impresiones de los cálculos efectuados producto de la aplicación del Módulo de información estadística financiera y cálculos solicitados por el Poder Judicial del Banco Central de Venezuela, arrojando por intereses de mora hasta la fecha hasta la cual dispone información el Banco Central de Venezuela, esto es, 31-10-2016, la cantidad de Bs. 1.164,61. Y por corrección monetaria igualmente se disponen los índices hasta dicha fecha, 31-10-2016, arrojando por este concepto la cantidad de Bs. Bs. 908,22, para un total a pagar por parte del accionado al ciudadano Ramón Betancourt, parte actora de Bs.6.387,3. Así se decide.


La Juez

La Secretaria

Lisbett Bolívar Hernández Yarellys Santaella