REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-R-2015-000460 (594)

Visto el auto dictado por este despacho en fecha 02 de diciembre del año en curso, mediante el cual se negó el recurso de casación interpuesto por la abogada JENNY LABORA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.844, en su condición de defensora judicial de la parte demandada en la presente causa, contra la sentencia dictada por esta alzada en fecha 01 de febrero de 2016; en consecuencia, este tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 03 de diciembre de 2016, hasta el día 12 de diciembre de 2016, ambas fechas inclusive, siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso de hecho contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular,

Abg. María Elvira Reis.



Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 03 de diciembre de 2016, hasta el día 12 de diciembre de 2016 (ambas fecha inclusive), transcurrieron CINCO (05) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: DICIEMBRE 2016: 05, 06, 07, 08 y 12. Caracas, trece (13) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016). Año: 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.

La Secretaria Titular,

Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2015-000460 (594)
VJGJ/MER













REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-R-2015-000460 (594)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que no se ejerció recurso de hecho contra el auto dictado por este despacho en fecha 02 de diciembre del presente año, mediante el cual se negó el recurso de casación interpuesto por la abogada JENNY LABORA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.844, en su condición de defensora judicial de la parte demandada en la presente causa, contra la sentencia dictada por esta alzada en fecha 01 de febrero de 2016, en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular,
Abg. María Elvira Reis.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2016-A-

La Secretaria Titular,

Abg. María Elvira Reis.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º

Oficio Nº 2016-A-
Dra. ARELIS FALCÓN LIZARRAGA
Jueza del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2015-000460 (594) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRÓRROGA LEGAL, sigue la sociedad mercantil INVERSIONES y ADMINISTRACIÓN OSPE, C.A., contra la sociedad mercantil ABBACO, MUEBLES y COMPLEMENTOS, C.A., constante de una (01) pieza de cuatrocientos cinco (405) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha 01 de febrero de 2016.-
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.