REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: AP31-V-2016-000248
I
PARTE ACTORA: Ciudadanos FIRYAAL RAHBE DE BALI y JORGE BALÍ RAHBE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.156.418.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogada NOEMI VIVAS DA SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.227.
PARTE DEMANDADA: Ciudadano JACQUES AKOURI IMBAID, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-9.296.792.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado OSCAR EMILIO ARAGUAYAN MILLAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.002.
MOTIVO: Desalojo.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
II
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente el Tribunal observa que en fecha 08 de agosto de 2016, las partes en contención a través de sus apoderados judiciales presentaron una transacción judicial, y consignaron los instrumentos poderes conferidos por sus mandantes; razón por la cual este Tribunal examinados como han sido los instrumentos poder otorgados a los abogados NOEMI VIVAS DA SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.227 quien representa a la parte actora, y OSCAR EMILIO ARAGUAYAN MILLAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.002, quien representa a la parte demandada, respectivamente, se desprende que les fue conferida la facultad para transigir, es por lo que este Tribunal cubiertos como se encuentran los extremos de Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 en concordancia con los artículos 1.718 y 1.719 del Código Civil, HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos. En consecuencia, procédase como en cosa pasada en autoridad de cosa juzgada.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016).- Años 205° y 157°.-
LA JUEZ,
ARELIS FALCON LIZARRAGA
LA SECRETARIA,
FRANCYS PONCE
En la misma fecha se publicó y registró el anterior fallo siendo las diez y veinticuatro de la mañana (10:24 a.m.).-
LA SECRETARIA,
FRANCYS PONCE
AGFL/DE
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