REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinte de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: AP31-S-2016-009730
Visto la diligencia de fecha 14 de diciembre de 2016, presentada por la ciudadana MARISOL JOSEFINA MOLINA BOLAÑOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.856.022, asistida por la abogada NELIDA RANGEL FERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.621, mediante la cual señaló la imposibilidad de dar cumplimiento a lo solicitado por este juzgado mediante auto de fecha 28/11/2016, razón por la cual este tribunal, visto que se evidencia que no existe el permiso para la construcción de las estructuras objeto de la solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, presentada por la ciudadana MARISOL JOSEFINA MOLINA BOLAÑOS, ut supra identificada, se ve forzado a negar como en efecto niega la declaración de TITULO SUFICIENTE, solicitada por la ciudadana antes mencionada, y así se decide.
EL JUEZ,

NELSON GUTIERREZ CORNEJO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,


GENESIS MATA FRONTADO.
NGC/ GeneM
ASUNTO : AP31-S-2016-009730