REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, doce (12) de enero de dos mil quince (2015).
Años 205º y 156º
Este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día veinticinco (25) de noviembre de 2015 hasta el once (11) de enero de 2016, ambas fechas inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión de fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013), dictada por este Órgano Jurisdiccional. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Accidental,
María Elvira Reis.
Quien suscribe María Elvira Reis, Secretaria Accidental del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que, desde el día veinticinco (25) de noviembre de 2015 hasta el once (11) de enero de 2016, ambas fecha inclusive, han transcurrido veinte (20) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: noviembre 2015: 25, 26, 27 y 30; diciembre 2015: 01, 02, 03, 04, 07, 08, 09, 10, 14, 15, 16, 17 y 18; enero 2016: 07, 08 y 11. Caracas, doce (12) de enero de dos mil dieciséis (2016).
La Secretaria Accidental,
María Elvira Reis
Expediente N° AC71-R-2011-000445 (10273)
VJGJ/MER
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, doce (12) de enero de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 156º
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de abril de 2013, este Tribunal en consecuencia, ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen, Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Accidental,
María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libro oficio N°2015- A-
La Secretaria Accidental,
María Elvira Reis.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, doce (12) de enero de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 156º
Oficio N° 2016-A-
Ciudadana:
Dra. MARITZA J. BETANCOURT.
Jueza del Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AC71-R-2011-000445 (10273) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio por COBRO DE BOLÍVARES sigue la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS contra la sociedad mercantil PALMAR, C.A., y los ciudadanos ELI JOSÉ CASTILLO LÓPEZ y YUMILI DEL ROSARIO PINEDA DEL CASTILLO, constante de una (01) pieza principal de trescientos setenta y cuatro (374) folios útiles, y un cuaderno de medidas de ocho (08) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013).
DIOS Y FEDERACION
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
EXP. N°AC71-R-2011-000445 (10273)