REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, siete (07) de enero de dos mil dieciséis (2016) Años 205° y 156°

EXP: AP71-R-2015-001074 (675)

Visto el escrito de informe presentado por la abogada NANCY YSABEL RIVAS ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 78.328 actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PRODUCTOS D’ VINNI DE VENEZUELA, C.A., partes demandada en el presente juicio, y asimismo el escrito de informes presentado por la abogada NAWUAL HUWUARIS DÍAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.136 apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES NOGUERA, C.A., parte actora y vencido el lapso correspondiente para presentar sus observaciones a los mismos, este Tribunal advierte a la partes solicitantes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los sesenta (60) días continuos a partir de esta fecha.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Accidental,
Abg. María Elvira Reis.