EXPEDIENTE N°: AP21-L-2015-003436

PARTE ACTORA: LUIS HERNEY LOAIZA LOAIZA, venezolano, titular de la cedula de identidad 22.444.503.

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ANA GREGORIA GELVIS ERAZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 211.494.

PARTE DEMANDADA: SERVICIOS SEBAIN C.A, y a titulo personal IVAN DARIO ALZATE ZULUAGA, 14.758.192.

ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA: MAGALY JOSEFINA ALBERTI DE SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 4.448, EDICZON JOSE MORAN SANDREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.319.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día de hoy, veintiuno (21) de enero de dos mil dieciséis (2016), siendo las 10:30 am día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma de la ciudadana ANA GREGORIA GELVIS ERAZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 211.494, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS HERNEY LOAIZA LOAIZA, venezolano, titular de la cedula de identidad 22.444.503, según poder que consta en autos. Así mismo, se deja constancia de la incomparecencia del demandante LUIS HERNEY LOAIZA LOAIZA; por otra parte, comparece la demandada SERVICIOS SEBAIN C.A, a través de su presidente IVAN DARIO ALZATE ZULUAGA, 14.758.192, según se evidencia de los estatutos de la sociedad mercantil, y también comparece con su carácter de demandado a titulo personal el ciudadano IVAN DARIO ALZATE ZULUAGA 14.758.192, debidamente asistido por la ciudadana MAGALY JOSEFINA ALBERTI DE SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 4.448.

En consecuencia, se da inicio a la prolongación de la audiencia preliminar en el día de hoy, exponiendo las partes sus argumentaciones y bajo un examen detallado de las pruebas consignadas por las partes, a los fines de llegar a una mediación.

Ahora vista, la incomparecencia de la parte demandante, y de sus apoderados judiciales, ut supra identificados, a la prolongación de la audiencia preliminar, fijada para el día de hoy, a las 10:30 am; y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente:

SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO EN LA ACCIÓN INCOADA por el demandante ciudadano LUIS HERNEY LOAIZA LOAIZA, venezolano, titular de la cedula de identidad 22.444.503, representada por su apoderada judicial la ciudadana ANA GREGORIA GELVIS ERAZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 211.494, en contra de las demandadas SERVICIOS SEBAIN C.A, y a titulo personal IVAN DARIO ALZATE ZULUAGA, 14.758.192. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. por el desistimiento del proceso por la inasistencia de la parte demandante a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy a tenor del articulo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veintiuno (21) de enero de dos mil dieciséis (2016).

EL JUEZ

Francisco Javier Río Barrios. La Secretaria

Génesis Uribe
Los codemandados

Abogada asistente de los codemandados