REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 14 de enero de 2016
RESOLUCION
ASUNTO: AP01-S-2016-000534
JUEZ: PABLO ELEAZAR SANCHEZ
FISCAL: DRA. YANURYS LOPEZ ROJAS
(Fiscal de la sala de Flagrancia del Ministerio Público)
VÍCTIMA: A.C.V.G (SE OMITE IDENTIDAD).
IMPUTADO: NESTOR MANUEL MORILLO RAMOS
DEFENSA PÚBLICA Nº 7º: SORAYA SALAS
SECRETARIA: ABG. KATHARINA PIÑA O
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda que el presente procedimiento se siga por el previsto en el articulo 97 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto considera que existen Múltiples diligencias por practicar. SEGUNDO: Acredita el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: Se acuerda medida de protección y seguridad establecidas en el articulo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida libre de Violencia; 3º 5º, 6º y 13º cualquier otra medida necesaria para la protección de todos los derechos de la mujer victima de violencia, y cualquier integrante de su familia, asimismo remitir al imputado así como a la victima al Equipo Multidisciplinario a objeto de que sean orientados en cuanto a los delitos de género. CUARTO: Con respecto a la solicitud hecha por parte del Ministerio Publico respecto al Arresto Transitorio establecido en el articulo 95 numeral 1 de la Ley Especial, este tribunal la declara SIN LUGAR en virtud de que con las medidas de protección y seguridad es suficiente para que el acusado se mantenga apegado al proceso. Se Acuerda la libertad inmediata del ciudadano NESTOR MANUEL MORILLO RAMOS, titular de la cedula de identidad V- 19.136.266. QUINTO: Remítase las actuaciones en su debida oportunidad a la Fiscalía 131º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas para que continúe con las investigaciones y se agregue a la causa, llevada por dicha Fiscalía, de conformidad con el artículo 90, 1 de la Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. SEXTO: Líbrese oficio al órgano aprehensor participándole lo aquí decidido, así como al equipo multidisciplinario. SEPTIMO: Se procederá a fundamentar la respectiva Resolución Judicial por auto separado. OCTAVO: Con la lectura y firma de la presente acta, las partes quedan debidamente notificadas de conformidad con el artículo 153 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del artículo 67 de la Ley especial. NOVENO: Concluyó el acto, siendo las (11:00 am). Terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ
PABLO ELEAZAR SANCHEZ
LA SECRETARIA
ABG. KATHARINA PIÑA OVALLES