REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL VIGESIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 19 de enero de 2016
Años 205° y 156°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos NANCY JOSEFINA MEDRANO DE GIORDANO, IRAIDA JOSEFINA MEDRANO LIRA, NESTOR MANUEL MEDRANO LIRA, EUCLIDES ALEJANDRO MEDRANO LIRA y SKYRO MEDRANO LIRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.350.877, V-5.005.017, V-5.005.018, V-6.054.182 y V-11.308.299 respectivamente, causahabientes del de-cujus NESTOR MANUEL MEDRANO MEDRANO, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad No. V-937.879, fallecido Ab-Intestato, en fecha 16 de Septiembre de 2015, en la Clínica Santa Lucia, de la Parroquia El Cafetal.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,


DRA. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE.
LA SECRETARIA,


ABG. MARÌA VIRGINIA SOLORZANO.


Exp. AP31-S-2014-011284
AAML/MVS/Neulys.-