REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, Veintiséis (26) de Enero de 2016
205º y 156º
Vista la diligencia de fecha 20-01-2016, suscrita por la solicitante Abogada NANCY MORGADO, inscrita en el inpreagogado bajo el Nº 14.841, y el pedimento en ella contenido, este tribunal observa:
Por cuanto una revisión de autos, se observa que la presente solicitud fue realizada con la finalidad de efectuar una Convocatoria de Asamblea de la Segunda Etapa del Conjunto Residencial el Paraíso, para llevar a cabo la designación de una nueva junta de condominio, y en virtud de la información suministrada por la solicitante, mediante diligencia de fecha 18-12-2015, donde expresa que para el momento de la presente convocatoria de asamblea. Ya se había designado una nueva Junta de Condominio, en fecha 29 de julio del 2015, a quien la anterior Presidenta le rindió cuenta de su gestión, por lo que esta Juzgadora considera que la presente solicitud ha cumplido su finalidad. En cuanto a su pedimento que se inste a la anterior presidenta de la Junta de Condominio ciudadana DELVIA MARTINEZ, a presentar informe económico durante su gestión, se le hace saber a la solicitante que la vía idónea para obtener esa información es intentando una ACCIÓN DE RENDICIÓN DE CUENTA, motivado a que ya fue designada la Junta, siendo el momento en el cual debió efectuarse o presentarse dicho informe. En consecuencia, se NIEGA lo solicitado por la solicitante en virtud de lo antes expuesto. Así se decide.-
LA JUEZ


ABG. NELA PASQUALI
EL SECRETARIO

ABG. JONATHAN GUILLEN




Exp. N° AP31-S-2015-006905.-
NPV/JG/rrj.-