REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 03 de febrero de 2016
205º y 156º
ASUNTO: AP21-S-2015-002747
En la Oferta Real de Pago incoada por el abogado Víctor Colina, actuando en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo Mega Maintenence C.A, a favor de la ciudadana Alida Leonor Rivas Valenzuela, titular de la cédula de identidad Nº 6.202.127; en la cual se presentó diligencia de desistimiento de la oferta, de fecha 28 de enero de 2016, por cuanto la oferida recibió el pago de sus prestaciones sociales, el Tribunal pasa a pronunciarse sobre la base de las siguientes consideraciones:
I
Motivación
Revisadas las facultades del instrumento poder que riela a los folios Nº 06 al 08, ambos inclusive, y que tal desistiendo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, este Juzgado le imparte su aprobación y lo homologa en los términos expuestos, por lo que se declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. Así se decide.
II
Dispositivo
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Homologado el Desistimiento en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo Mega Maintenence C.A, a favor de la ciudadana Alida Leonor Rivas Valenzuela, ambos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Cúmplase.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los tres (03) días del mes de febrero de dos mil dieciséis (2016). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Juez
Abg. Melitza Guilarte Amario
La Secretaria,
Abg. Sirley Bracho
Nota: En esta misma fecha se publicó y registró la sentencia.
La Secretaria,
Abg. Sirley Bracho
MGA/SB.
Una (1) pieza.
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