REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEPTIMO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 05 de febrero de 2016
205º y 156º
Vista la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 12 de noviembre de 2014, y las actas que conforman el expediente, se constata que mediante diligencias suscritas por el RICARDO TOVAR, Alguacil encargado de practicar la notificación a la parte actora dejó constancia de “…por lo que estando presente en la dirección antes mencionada en mi primera oportunidad donde hice mis respectivos toques de ley y no atiende mi llamado…, en mi segunda oportunidad y tampoco había nadie en dicha oficina hasta le pregunte al señor de seguridad el cual no me supo dar respuesta…”. Asimismo, el mismo el citado Alguacil también encargado de practicar la notificación a la parte demandada, a través de la cual dejó constancia de: “…por lo que estando ubicado en la dirección antes mencionada, me entrevisto con una ciudadana quien manifestó ser una de las asistente de esa oficina la cual no quiso identificar ni darme sus datos personales…, me señalo que ellos no tienen nada que ver con ese caso…”, y por lo tanto, fue imposible hacer efectiva la misma, es por lo que este Tribunal, a los fines de procurar el debido proceso, ordena la notificación mediante Cartel a la ciudadana ARTILIA ROCCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-935.179, y/o en la persona de su apoderado judicial, ciudadanos BELKIS ZAMORA y GENOVEVA MONEDERO, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 7.974 Y 31.861 respectivamente, en su carácter de parte actora. Asimismo, a la ciudadana DIOCELINA DE TREVIÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-11.664.101, y/o en la persona de su apoderado judicial, ciudadano TONY RAFAEL CEDEÑO PÉREZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.980, en su carácter de parte demandada, a los fines de hacerles saber de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 12 de noviembre de 2014. Se les advierte que una vez conste en autos la última de la notificación ordenada y la nota de Secretaría que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se les tendrá por notificados. Dicho Cartel deberá ser publicado en la Cartelera de este Despacho Judicial. Todo de conformidad con lo previsto con los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Cartel. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,
MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE.
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se libró Cartel de Notificación a la parte actora y demandada.
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS.
MMC/ADR/08
ASUNTO NUEVO: 00818-12
ASUNTO ANTIGUO: AH18-R-2008-000026