REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno (01) de febrero de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003646
PARTE ACTORA: FABIO ENRIQUE MENDEZ MUÑOZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CHEDDY ARMANDO CHARINGA PEREZ, ANGEL ROJAS RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: C.A. INVERSIONES FUSION FOOD
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NELLYCAR PACHECO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 1 de Febrero de 2016, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ANGEL ROJAS, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 47.724, apoderado judicial del ciudadano FABIO ENRIQUE MENDEZ MUÑOZ, debidamente acreditado en autos, por una parte, y por la empresa demandada C.A. INVERSIONES FUSION FOOD, comparece la ciudadana NELLYCAR PACHECO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 198.654 apoderada judicial de la accionada, debidamente acreditada en autos, quienes manifiestan ante este Tribunal la ratificación en todas sus partes del acuerdo transaccional suscrito por ambas partes y consignado en fecha 16 de diciembre de 2015, constante de escrito de cinco folios y copia simple del cheque a nombre del trabajador por la cantidad de 800.000,00 Bs. F. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .


El Juez

Abg. Juan Carlos Medina Cubillan

Los Presentes






El Secretario