REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 
Caracas, uno (01) de febrero de dos mil dieciséis (2016)
 
205º y 156º
 
 
ACTA
 
 
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003646
 
PARTE ACTORA: FABIO ENRIQUE MENDEZ MUÑOZ
 
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CHEDDY ARMANDO CHARINGA PEREZ, ANGEL ROJAS RODRIGUEZ
 
PARTE DEMANDADA: C.A. INVERSIONES FUSION FOOD
 
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NELLYCAR PACHECO 
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 
En el día hábil de hoy, 1 de Febrero de 2016, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ANGEL ROJAS, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 47.724, apoderado judicial del ciudadano FABIO ENRIQUE MENDEZ MUÑOZ, debidamente acreditado en autos, por una parte, y por la empresa demandada C.A. INVERSIONES FUSION FOOD, comparece la ciudadana NELLYCAR PACHECO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 198.654 apoderada judicial de la accionada, debidamente acreditada en autos, quienes manifiestan ante este Tribunal la ratificación en todas sus partes del acuerdo transaccional suscrito por ambas partes y consignado en fecha 16 de diciembre de 2015, constante de escrito de cinco folios y copia simple del cheque a nombre del trabajador por la cantidad de 800.000,00 Bs. F. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .
 
 
 
 
El Juez
 
 
Abg. Juan Carlos Medina Cubillan
 
 
Los Presentes
 
 
 
 
 
 
 
El Secretario
 
 
 
 
 
 
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