REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencias en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas 09 de febrero de 2016

RESOLUCIÓN

ASUNTO AP01-S-2016-001230

JUEZ: PABLO ELEAZAR SANCHEZ
FISCAL 130°: ABG. DAIREN MONZON Y JULIO YEPEZ
VÍCTIMA: E.Y.U.C (Se omite identidad)
IMPUTADO: DEISQUER EDUARDO SIERRA PELEGRIN Y KEVIN STEEVEN LEON GARZON
DEFENSA PÚBLICA Nº 03 ABG. PEGGY VILLASMIL
SECRETARIA ABG. ERIKA Y. SOLORZANO

Este Tribunal Segundo de Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda que el presente procedimiento se siga por el previsto en el articulo 97 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto considera que existen Múltiples diligencia por practicar. SEGUNDO: acredita el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en el artículo 42 de la ley Especial, con el agravante del articulo 68.5 de la referida ley. TERCERO: Se acuerda las medidas de protección y seguridad, establecidas en el artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida libre de Violencia; 5, 6 y 13º, asimismo remitir a los imputados al Equipo Multidisciplinario a objeto de que sea orientado. En relación con el Arresto Transitorio este Tribunal lo declara sin lugar; Sin embargo acuerda presentaciones cada 30 días de conformidad con lo establecido en el artículo 242.3 del COPP. CUARTO: Se ordena la libertad inmediata, de los ciudadanos: DEISQUER EDUARDO SIERRA PELEGRIN Y KEVIN STEEVEN LEON GARZON, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD Nº V-26.574.255 y V-25.773.454, respectivamente, y para ello se ordena librar boleta de excarcelación al órgano aprehensor todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 44.1 de la CRBV, los cuales e cumplen el día miércoles 10-02-2016 a las 05.00pm QUINTO: Remítase las actuaciones en su debida oportunidad a la Fiscalía 130° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas para que continúe con las investigaciones y se agregue a la causa, llevada por dicha Fiscalía, de conformidad con el artículo 131, 1 de la Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. OCTAVO: Con la lectura y firma de la presente acta, las partes quedan debidamente notificadas de conformidad con el artículo 063 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del artículo 69 de la Ley especial. NOVENO: Concluyó el acto, siendo las (5:20 pm). Terminó, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ

PABLO ELEAZAR SANCHEZ

LA SECRETARIA

ABG. ERIKA Y. SOLORZANO