REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinte y seis (26) de julio de dos mil dieciséis (2016).-
Años 205º y 157°
Vistas las diligencias que anteceden suscritas, por el abogado HENRY WINSTON PEREZ RAMIREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano VICTOR JOSE MOLINOS ABREUS, mediante la cual solicita copia certificada del fallo dictado por el Juzgado aquo, de fecha diecisiete (17) de noviembre de 2015 y de la decisión de esta Alzada de fecha diecinueve (19) del corriente mes y año; este Tribunal, acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de la diligencia mediante la cual las solicita y del presente auto, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, en relación a la apelación interpuesta por dicha representación judicial, este órgano jurisdiccional proveerá una vez se encuentre notificada su contraparte. Cúmplase.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria,

María Elvira Reis Tremaria
Se requiere el suministro de los fotostatos necesarios, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,

Maria Elvira Reis Tremaria


VJGJ/mer/EXP. NºAP71-R-2015-001264




Quien suscribe María Elvira Reis Tremaria, Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales que cursan en el expediente signado con el N°AP71-R-2015-001264 nomenclatura interna del Tribunal, contentivo de la ACCION REIVINDICATORIA siguen los ciudadanos LUIS ALBERTO MANRIQUE y MAXIMINA GARCIA DE MANRIQUE contra el ciudadano VICTOR JOSE MOLINOS ABREUS . Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1 de la Ley de Sellos. Caracas, veintiséis (26) de julio de dos mil dieciséis (2016).-
La Secretaria Temporal,

María Elvira Reis Tremaria




Exp. N°AP71-R-2015-001264