REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, cuatro (04) de julio de 2016.
Años: 206º y 157º
AP71-X-2016-0000083 (782)
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 30 de junio de 2016, por el ciudadano MANUEL BAUMEISTER ANSELMI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.972.926, abogado inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 45.935, procediendo en su propio nombre y en condición de accionista y Representante Judicial de la sociedad mercantil VALCREDI CASA DE BOLSA C.A., y la abogada MARÍA CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.966.163, e inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 51.864, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil antes mencionada, parte recusante, este Tribunal, ADMITE las pruebas cuanto ha lugar en derecho por no ser las mismas contrarias al orden público, ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva. Así se declara.
EL JUEZ TITULAR,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS