REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 27 de julio de 2016.
206° y 157°
PARTE ACTORA: LUZ MARIA CONDE, GILBERTO ANTONIO RUIZ, JOSE ANTONIO RON, MARIA JOSEFINA AGUILERA, LUIS OSCAR PAORTUGAL LARRAÑAGA, RAMON ANTONIO RUIZ, REINALDO JOSE SERRANO RIVERO, JOSE LUIS RIVERO, EDGAR SANCHEZ MARCHAN, GUSTAVO ADOLFO MONTENEGRO, ROBERTO ANTONIO BERMUDEZ, LUIS RAMON BERMUDEZ, LUIS RAMON FARIAS GONZALEZ, EDGAR DE JESUS SANCHEZ MARCHAN, VICTANIS JOSEFINA RINCONES CORDOVA, ALEXANDER DE JESUS ARREDONDO MARTINEZ, AQUILINO ANTONIO ABACHE PEREIRA, JOSE FRANCISCO MARTINEZ HERNANDEZ, EDGARDO CANDURIN PEREZ y JESUS ORANGEL CEDEÑO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.042.965, 8.864.470, 11.174.025, 10.047.604, 22.849.365, 10.043.311, 10.048.567, 10.573.215, 8.892.917, 7.693.514, 8.431.529, 10.572.349, 8.877.317, 10.012.683, 18.012.030, 8.877.352, 11.728.147 y 11.175.904, respectivamente.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JUDITH ORELLANA y JOSÉ MAITA, abogados en ejercicio, Inpreabogado Nos. 37.342 y 37.343, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: PDVSA PETRÓLEO, S.A., domiciliada en Caracas, inscrita originalmente en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 16 de noviembre de 1978, bajo el Nº 26, Tomo 127-A-Sgdo.

APODERADOS JUDICIALES DE PARTE DEMANDADA: JOAQUÍN JESÚS SILVEIRA CALDERÍN, JOAQUÍN SILVEIRA ORTIZ, MAGALY ALBERTI VÁSQUEZ, MARÍA CAROLINA RON RON, GONZALO MENESES SANABRIA, WILMER ALEXIS GUTIÉRREZ RANGEL, ORLANDO RAFAEL SILVA ROJAS, ANA ELENA DUMITRU BARRETO, DORIS CECILIA RUIZ GONZÁLEZ, FÉLIX JOSÉ GUERRA MEDINA, MAURICIO ANTONIO JIMÉNEZ DÍAZ, HÉCTOR JOSÉ ROSADO, KATTY CAROLINA URDANETA, BEATRIZ CAROLINA ACOSTA RINCÓN, CARLOS MORENO y OTROS, abogados en ejercicio, Inpreabogado Nos. 29.234, 1.613, 4.448, 55.141, 20.764, 95.812, 75.99228.921, 46.616, 39.509, 100.476, 123.202, 73.500, 76.984 y 90.701, respectivamente.

MOTIVO: Incidencia en fase de mediación.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior en virtud de la apelación interpuesta en fecha 28 de junio de 2016, por la abogado JUDITH ORELLANA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 27 de junio de 2016 por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos por auto de fecha 6 de julio de 2016.

En fecha 8 de julio de 2016, se distribuyó el expediente; el 14 de julio de 2016 se dio por recibido, fijándose conforme lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública para el día miércoles 20 de julio de 2016 a las 11:00 a.m.

Celebrada como ha sido la audiencia oral, estando dentro de la oportunidad legal para hacerlo, este Tribunal pasa a reproducir el fallo en los siguientes términos.

CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL

En el acta que antecede levantada en fecha 20 de julio de 2016 a las 11:00 a. m., con motivo de la audiencia oral y pública fijada, se dejó expresa constancia de la incomparecencia por sí o por medio de apoderado judicial alguno de las partes intervinientes en el presente procedimiento.

CAPITULO II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

En atención al contenido del artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con vista a que la parte demandada apelante no compareció por sí o por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia oral fijada, encontrándose a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.

CAPITULO III
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 28 de junio de 2016, por la abogado JUDITH ORELLANA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 27 de junio de 2016 por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos por auto de fecha 6 de julio de 2016, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoaran los ciudadanos LUZ MARIA CONDE, GILBERTO ANTONIO RUIZ, JOSE ANTONIO RON, MARIA JOSEFINA AGUILERA, LUIS OSCAR PAORTUGAL LARRAÑAGA, RAMON ANTONIO RUIZ, REINALDO JOSE SERRANO RIVERO, JOSE LUIS RIVERO, EDGAR SANCHEZ MARCHAN, GUSTAVO ADOLFO MONTENEGRO, ROBERTO ANTONIO BERMUDEZ, LUIS RAMON BERMUDEZ, LUIS RAMON FARIAS GONZALEZ, EDGAR DE JESUS SANCHEZ MARCHAN, VICTANIS JOSEFINA RINCONES CORDOVA, ALEXANDER DE JESUS ARREDONDO MARTINEZ, AQUILINO ANTONIO ABACHE PEREIRA, JOSE FRANCISCO MARTINEZ HERNANDEZ, EDGARDO CANDURIN PEREZ y JESUS ORANGEL CEDEÑO GARCIA en contra de PDVSA PETRÓLEO, S.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme la excepción prevista en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena la notificación por oficio del Procurador General de la República con inserción de copia certificada de la sentencia, conforme el artículo 111 (antes 97) del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en consecuencia, se ordena la suspensión de la causa por un lapso de 30 días continuos siguientes a la consignación de la notificación en el expediente.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE AL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintisiete (27) días del mes de julio del año 2016. Años: 206º y 157º.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
JOSEFA MANTILLA
SECRETARIA

NOTA: En el día de hoy, 27 de julio de 2016, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.

JOSEFA MANTILLA
SECRETARIA
ASUNTO Nº AP21-R-2016-000617.
JCCA/JM/ksr.