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República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de julio de 2016

Años: 206º y 157º

Vista la transacción celebrada en fecha 21/06/2016 ante este Tribunal, cursante a los folios del 51 al 56 (ambos inclusive), entre la parte demandada, Sociedad Mercantil SERVICIOS CORPNET, C. A. ( arrendataria del inmueble del presente litigio) empresa debidamente inscrita ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 08/08/2001, bajo el Número: 38, Tomo: 207-A-VIII, debidamente representada en ese acto por su Presidente, el ciudadano MIGUEL VICENTE LEÓN GONZÁLEZ, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-7.109.368, y el codemandado RAFAEL RAMÓN HERNÁNDEZ SILVA (residente y ocupante del inmueble del presente litigio), venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-7.462.005, ambos asistidos por el profesional del derecho ULISES JOSÉ SALAZAR MAITA, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.180, y la parte actora, los ciudadanos ANTONIO JOSÉ DA SILVA NEVES y OLINDINA DE OLIVEIRA DE DA SILVA, de nacionalidad portuguesa, cónyuges, con domicilio en Portugal y aquí de tránsito, y titulares de la cédula de identidad Nros. E- 81.344.757 y E-1.065.317, representados para este acto por su Apoderado Judicial, el profesional del Derecho HENRY R. GUTIERREZ CASIQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.278, mediante la cual ambas partes solicitan la homologación de la misma. Al respecto observa el Tribunal que la presente transacción no es contraria a derecho motivo por el cual este Tribunal le imparte su aprobación y en consecuencia su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos entre partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ TITULAR

DR. RENAN JOSÉ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO

EDWARD A. COLMENARES

Exp. Nº AP31-V-2016-000420
RJG/EACR/mcb