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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 07 de junio de 2016
 206º y 157º
 
 ACTA
 
 Asunto Nº AP21-L-2016-000764
 
 Parte demandante: Felipe Jesús Lezama Díaz
 Apoderado judicial de la parte demandante: Leopoldo Andrés Piña y otros
 Parte demandada: Seguridad Extrema JW C.A
 Apoderados judiciales de la demanda: No ha constituido apoderados en juicio
 Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
 
 En el día hábil de hoy, martes siete (07) de junio de 2016, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio. Se deja constancia de la comparecencia de la abogada María Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 67.823, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, de acuerdo al instrumento poder que se consigna en este acto en copias simples previa verificación del original. De igual forma, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo, dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 204° y 155º.
 La Juez,
 La Secretaria,
 
 Abg. Melitza Guilarte Amario
 Abg. Sirley Bracho Angarita
 
 
 
 
 Apoderada judicial de la demandada
 MGA/SBA.
 
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