REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 24 de mayo de 2016
205º y 156º

ASUNTO: AP21-L-2015-002729

Visto que es un hecho notorio Judicial el problema que esta presentando el sistema juris2000, la presente actuación quedara solo en el físico del presente expediente y una vez que el sistema se haya reestablecido el mismo será registrado informaticamente de manera oportuna.
Ahora bien, consignado como han sido los poderes de los abogados de la empresa demandada INTEGRAL MERCADOS Y ALMACENES (INMERCA), tal y como son señalados en el acta levantada, por este Tribunal en fecha 23 de mayo de 2016, en consecuencia los mismo tienen la facultad de transigir, en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo establecido en el articulo 133 ejusdem, HOMOLOGA el acuerdo celebrados entre el ciudadano RAMIRO CASTILLO en su carácter de parte actora y la empresa antes mencionada, dándole efecto de cosa Juzgada, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos. Asimismo se da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente, así como su cierre informático.

El Juez

El Secretario

Abg. Franklin Porras

Abg. Richard Alvarado