REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 21 de junio de 2016
206° Y 157°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003584
PARTE ACTORA: KRISTAL LORENA HERNANDEZ, Titulares de la C.I. V-21.538.591.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ANIELLO DE VITA, ALEJANDRO BOUQUET, FRANCISCO GIL, STEFANI CAMARGO, LAURA HERNANDEZ, JAIME CEDRE, JOHANY PEREZ, MARY DUQUE Y GABRIEL GARCIA, IPSA Nº 45.467, 45468, 97215, 174.019, 154.726, 174.038, 196.785, 244.961 Y 247.185.
PARTE DEMANDADA: MERCERIA MY DREAMS, C.A., y solidariamente MIREYA OLIVEROS, C.I. V-8.513.260.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JUVENCIO SIFONTES, NOSLEN TORRES Y MIREYA OLIVEROS, IPSA Nº 50.361, 139.904 y 81.758.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS
ACTA
En el día hábil de hoy 21 de Junio de 2016, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la hora arriba señalada, se procedió a anunciar el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino, dejando constancia expresa de la incomparecencia del demandante KRISTAL LORENA HERNANDEZ, Titular de la C.I. V- 21.538.591, por si o por medio de apoderado judicial y de la comparecencia de la demandada MERCERIA MY DREAMS, C.A., y solidariamente MIREYA OLIVEROS, C.I. V-8.513.260, en cabeza de sus apoderados judiciales JUVENCIO SIFONTES, NOSLEN TORRES Y MIREYA OLIVEROS, IPSA Nº 50.361, 139.904 y 81.758. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
JUEZ
ABG. OMAIRA URANGA
SECRETARIA
EXP: AP21-L-2015-003584
GAA/Ou
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