ACTA

ASUNTO Nº: AP21-L-2016-001120

PARTE ACTORA: JONATAHAN ANTONIO PESANTES YUNCOZA, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro.12.387.441.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EUCLIDES PEDRO VILELA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 119.708.

PARTE DEMANDADA: ALCON PHAMACEUTICAL, S.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: no constituyo.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


En el día de hoy miércoles 29 de junio de 2016, siendo las nueve de la mañana (09:00 am.), oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley. En este estado, se deja constancia de la incomparecencia tanto de la parte actora como de la demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado Este Juzgado vista la incomparecencia de la parte actora a este acto es forzoso declarar la consecuencia jurídica establecida en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como lo es el Desistimiento del Procedimiento y así se establece. Téngase la presente acta como sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. Es todo, se leyó y conformes firman.


EL JUEZ,

Abg. NELSON DELGADO.





EL SECRETARIO,

ABG. KARIM MORA