REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 14-06-2016
206° y 157°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a favor de la ciudadana LUISA MAGALI NUÑEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-2.143.538, causahabiente de la de-cujus INNA SARAHI NAVAS NUÑEZ, quien en vida fue venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.387.699, fallecida Ab-Intestato, en fecha 24 de Marzo de 2016, en el Hospital Domingo Luiciani, El Llanito, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la parte interesada, los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,
ENEIDA TORREALBA
EL SECRETARIO,
ABG. JOWAR PERNIA
Exp. AP31-S-2016-003744
ETL/JP/Neulys.-*