| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 31 de marzo de 2016
 205º y 157º
 
 ACTA
 
 Asunto Nº AP21-L-2016-000409
 
 Parte demandante: Ingrid del Valle Tovar Galindo
 Apoderado judicial del demandante: Anastacia Rodríguez y otros
 Parte demandada: Asociación Civil de Educación Inicial C.A (ASOCEIC)
 Apoderado judicial de la demandada: No ha constituido apoderados en juicio
 Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros de conceptos laborales
 
 En el día hábil de hoy, jueves 31 de marzo de 2016, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio. En este estado, se deja expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana Iraima Mayorca, titular de la cédula de identidad Nº 4.360.277, en su carácter de Presidenta Encargada de la demandada, de acuerdo a los documentos que se consignan en este acto en copias simples previa verificación de los originales, debidamente asistida por los abogados Wilmer Mendoza, José Martínez y Ángel Rojas, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 113.037, 150.793 y 137.218, respectivamente. Igualmente, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora a esta Audiencia, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo, dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 205° y 156º.
 La Juez,
 La Secretaria,
 
 Abg. Melitza Guilarte Amario
 Abg. Sirley Bracho Angarita
 
 
 
 
 Representante de la demandada y los abogados que le asisten
 
 |