REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-002382
PARTE ACTORA: NEHOMAR ENRIQUE CASTRILLO MORALES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VICTOR CORREA., AURA GARCIA
PARTE DEMANDADA: C.N.A SEGUROS LA PREVISORA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JAVIER CASTILLO Y GREYSY CORONIL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy veintiocho (28) de marzo de dos mil dieciséis (2016), siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de su apoderado judicial JAVIER CASTILLO, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 10.782.603 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 69.049; así mismo se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la continuación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En este acto se devuelve a la parte demandada las pruebas presentadas al inicio de la audiencia y se devolverán las de la parte actora una vez sean solicitadas PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 ° y 205 °.


La Juez

La Secretaria
Abg. Judith González

Abg. Marly Hernández




El apoderado judicial de la parte demandada