PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO (6°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, cuatro (4) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205° y 156°


EXPEDIENTE N°: AP21-N-2014-000180

PARTES RECURRENTES: CARMEN COLON, PALMAR PALMINIO, MILVIS SILVA y MARLENY PARRA PAREDES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad No V-8.844.273, V-3.716.128, V-5.891.074 y V-9.476.132 respectivamente.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE RECURRENTE: JOSE GREGORIO DE LOS ANGELES SILVA BOCANEY, YULI CIRCUNCICION RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y YOJAIRO JOSE LEON ESCOBAR, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 33.418, 68.962 y 142.118 respectivamente.

ACTO RECURRIDO: Boleta de Inscripción y Registro Nª 2014-6-00110 de fecha 17 de marzo de 2.014 mediante el cual se acordó el registro del SINDICATO UNION SINDICAL DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS AL SERVICIO DE LA ENTIDAD DE TRABAJO TRACTO AGRO NAGUANAGUA C.A. (SIUNTRA TRACTO AGRO NAGUANAGUA).

MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD (SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA).


Por cuanto en fecha diez (10) de noviembre de 2015, fue acordada mi designación como Juez Provisorio para el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, según consta de oficio signado bajo el Nº CJ-15-4075, y juramentada el 11 de enero de 2016, por la Rectoría Civil del Área Metropolitana de Caracas, y siendo que por acta de fecha 12 de enero de 2016, la Presidencia de este Circuito Judicial del Trabajo, me hizo entrega del referido Juzgado, me ABOCO al conocimiento de la presente causa, con motivo del Recurso de Nulidad conjuntamente con Amparo Constitucional que intentaran los ciudadanos: CARMEN COLON, PALMAR PALMINIO, MILVIS SILVA y MARLENY PARRA PAREDES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad No V-8.844.273, V-3.716.128, V-5.891.074 y V-9.476.132 respectivamente, cuyos apoderados judiciales son JOSE GREGORIO DE LOS ANGELES SILVA BOCANEY, YULI CIRCUNCICION RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y YOJAIRO JOSE LEON ESCOBAR, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 33.418, 68.962 y 142.118 respectivamente, este Tribunal observa lo siguiente:

Se inicia el presente asunto por la demanda de nulidad que han incoado los ciudadanos CARMEN COLON, PALMAR PALMINIO, MILVIS SILVA y MARLENY PARRA PAREDES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad No V-8.844.273, V-3.716.128, V-5.891.074 y V-9.476.132 respectivamente, debidamente representados por JOSE GREGORIO DE LOS ANGELES SILVA BOCANEY, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.418, actuando en su carácter de apoderado judicial de los recurrentes, contra la Boleta de Inscripción y Registro Nª 2014-6-00110 de fecha 17 de marzo de 2.014, mediante la cual se acordó el registro del SINDICATO UNION SINDICAL DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS AL SERVICIO DE LA ENTIDAD DE TRABAJO TRACTO AGRO NAGUANAGUA C.A. (SIUNTRA TRACTO AGRO NAGUANAGUA).

DEL DESITIMIENTO

Vista la diligencia consignada por el abogado JOSE GREGORIO SILVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.418, actuando en su carácter de apoderado judicial de los recurrentes, en fecha 2 de Marzo de 2016, mediante la cual señala lo siguiente “… Desisto del procedimiento en la presente causa”. Terminó, se leyó y firman:

Ahora bien examinada las actas procesales y visto que la parte recurrente desiste del presente procedimiento, que no se esta causando gravamen alguno y considerando que el Desistimiento, se corresponde con una de las figuras de autocomposición procesal o medio alternativo de resolución de conflictos consagrados constitucionalmente en los artículos 253 Y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, con la finalidad de dar termino al presente Juicio, este JUZGADO SEXTO (6°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley de conformidad con las normas de los Artículos 6 y 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, artículo 88 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, así como los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del Recurso Contencioso de Nulidad interpuesto por los ciudadanos CARMEN COLON, PALMAR PALMINIO, MILVIS SILVA y MARLENY PARRA PAREDES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad No V-8.844.273, V-3.716.128, V-5.891.074 y V-9.476.132 respectivamente, por lo qué se declara culminado el procedimiento y asimismo se ordena el cierre y archivo del expediente, previo el transcurso del lapso para que las partes ejerzan los recursos de Ley, dando por terminado el presente proceso. CÚMPLASE.

Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPLASE.-

CÚMPLASE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFIQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en ésta ciudad, a los cuatro (04) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2015). Año 205º de la Independencia y 156º de la Federación.

LA JUEZ
Abog. BELKIS G. COTTONI DIEPPA

EL SECRETARIO

Abog. RAFAEL FLORES



En esta misma fecha cuatro (4) de marzo de 2016, se dictó, diarizó y publicó la presente decisión y se cumplió con lo ordenado.


EL SECRETARIO

Abog. RAFAEL FLORES