REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
CARACAS, TREINTA (30) DE MARZO DE DOS MIL DIECISIES (2016)

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-000511

PARTE ACTORA: GUILLERMO GUERRERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: CENTRAL MADEIRENSE
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITO

MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy 30 DE MARZO DE 2016, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de constancia de la falta de de comparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ

ABG. HENRY JESUS CASTRO SÁNCHEZ


EL SECRETARIO

ABG. ALONSO SOTO