REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Treinta y uno (31) de Marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003009
PARTE ACTORA: JOSE PARRA titular de la cedula de identidad 7.602.326.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANA GELVIS, MARÍA YUPANQUI
PARTE DEMANDADA: PESTANA ABREU & CIA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN NETO Inpreabogado 117.066
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
ANTECEDENTES
Entre el ciudadano JOSE PARRA titular de la cedula de identidad 7.602.326. y su abogado MARÍA YUPANQUI abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.992 y por la demandada PESTANA ABREU & CIA, C.A. su apoderado JUAN NETO Inpreabogado 117.066, presentaron acuerdo de mediación positiva y de común acuerdo convienen en el pago de la cantidad única y total Bs. 50.000,00
MOTIVACION PARA DECIDIR
Ahora bien, estando en la oportunidad de pronunciarse este Juzgado con respecto a la Homologación este Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, procede a impartirle la HOMOLOGACIÓN al presente acuerdo en los términos expuestos, y así se decide.- Se ordena la publicación de la presente decisión en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Gobierno Judicial. Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/.,
PARTE DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA TRANSACCION en los términos expuestos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas a los Treinta y uno (31) de Marzo de dos mil dieciséis (2016)
EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ.
EL SECRETARIO
ABG. ALONSO SOTO
En el mismo día de hoy, previo el anuncio de Ley, y dentro de las horas de despacho, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO
ABG. ALONSO SOTO
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