ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-000182

PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL ROMERO y VICTOR BETANCOURT, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.598.125 y 6.525.414, respectivamente.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: VERONICA ARANGUIZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 148.638.

PARTE DEMANDADA: EDITORIAL 2001, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL VARELA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 47.356.

MOTIVO: INCUMPLIMINETO DE CONTRATO COLECTIVO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy miércoles 02 de marzo de 2016, siendo las once de la mañana (11:00 am.), oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley, correspondiendo a este Juzgado conocer la presente asunto. En este estado, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana VERONICA ARANGUIZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 148.638, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y el ciudadano MANUEL VARELA, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 47.356, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, representación que acredita mediante instrumento poder debidamente autenticado, que en copia certificada consigna, constante de siete (07) folios útiles y sus vueltos, dándose así inicio a la audiencia. Se le concedió el derecho de palabra a la representación judicial de la parte actora quien expuso: “En nombre de mis representados, desisto del procedimiento en relación al ciudadano Victor Betancourt, asimismo solicito a este Juzgado homologue el mismo y se de continuidad de la causa en relación al ciudadano José Romero, es todo”. En este estado este Juzgado homologa el desistimiento del procedimiento en relación al ciudadano Víctor Betancourt y asimismo se deja constancia de la continuidad de la presente causa en relación al ciudadano actor José Romero contra de Editorial 2001, C.A. Las partes conjuntamente con el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el día MERICOLES SEIS (06) DE ABRIL DE 2016 A LAS 10:30 AM, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Asimismo se deja expresa constancia que ambas partes hicieron entrega de sus escritos de promoción de pruebas y anexos, los cuales a continuación se discriminan: Parte Actora: Escrito de Promoción de Pruebas constante de dos (02) folios útiles, un (01) anexo constante de un (01) folios útiles. Parte Demandada: Escrito de Promoción de Pruebas constante de cuatro (04) folios útiles y anexos en ciento treinta y un (131) folios útiles. Dichos escritos y anexos quedan en custodia de la Oficina de Bienes de este Circuito Judicial. Es todo, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

Abg. NELSON DELGADO.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


EL SECRETARIO,

ABG. KARIM MORA