REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,
205º y 157º
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos PABLO ANTONIO GOMEZ ARAMBURU, YSABEL MARIA GOMEZ ARAMBURU, MIGUEL ANGEL GOMEZ ARAMBURU y CARMEN MARGARITA GOMEZ ARAMBURU, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.098.699, V-4.249.640, V-632.813 y V-4.252.483, causahabientes del De-Cujus PABLO GOMEZ MARTIN, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº E-3.136 fallecido Ab-Intestato, en fecha 10 de mayo de 2011, en el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
EL JUEZ PROVISORIO,
DR. HUMBERTO OCANDO OCANDO.
POR SECRETARIA,
En esta misma fecha, quien suscribe,, Por Secretaria, del TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto de su original, el cual corre inserto a los folios del expediente No. AP31-S-2015-009140, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del código de procedimiento civil.
POR SECRETARIA,
EXP: AP31-2015-009140
HOO//AP