REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 09 de mayo de 2016
206º y 157º

ACTA

Asunto Nº AP21-L-2015-003461

Parte demandante: Marcos Antonio del Vecchio
Apoderado judicial del demandante: Ramón Irisma
Parte demandada: Servicio Autónomo de Gestión de Obras de la Alcaldía de Caracas
Apoderado judicial de la demandada: Nirma Mendoza y Anabella González
Motivo: Cobro de conceptos laborales

En el día hábil de hoy, lunes 09 de mayo de 2016, siendo las 11:00 a.m., día fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio. Se deja constancia de la comparecencia de las abogadas Nirma Mendoza y Anabella González, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 49.160 y 150.670, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada, según poder que se consigna en copias simples, previa vista de su original, que se ordena agregar a los autos, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo, dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 206° y 157º.
La Juez,
La Secretaria,

Abg. Jossy Pérez Aponte
Abg. Adriana Biggott



Apoderadas judiciales de la demandada