REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticuatro (24) de mayo de dos mil dieciséis (2016) Años 205º y 157º

Expediente Nº AC71-X-2016-000020 (752)
Visto el fallo dictado por este despacho en fecha veinte (20) de abril del año en curso, mediante el cual se declara con lugar la inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la Dra. Rosa Da Silva Guerra, en su condición de Jueza a cargo del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada por DIVORCIO sigue la ciudadana GLORIA DEL VALLE FIGUEROA OBANDO contra el ciudadano JESÚS ANÍBAL LOVERA; en consecuencia, este tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 21 de abril de 2016, hasta el día 23 de mayo de 2016 (ambas fechas inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria

María Elvira Reis.

Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 21 de abril de 2016, hasta el día 23 de mayo de 2016 (ambas fechas inclusive) transcurrieron DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: abril 2016: 21, 25, 26; mayo 2016: 02, 03, 09, 10, 16, 17 y 23. Caracas, veinticuatro (24) de mayo del año dos mil dieciséis (2016). Años: 205º años de la Independencia y 157º de la Federación.

La Secretaria,

María Elvira Reis.

Expediente Nº AC71-X-2016-000020 (752)














REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticuatro (24) de mayo de dos mil dieciséis (2016) Años 205º y 157º

Expediente Nº AC71-X-2016-000020 (752)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 20 de abril del año en curso, mediante el cual se declara con lugar la inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la Dra. Rosa Da Silva Guerra, en su condición de Jueza a cargo del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada por DIVORCIO sigue la ciudadana GLORIA DEL VALLE FIGUEROA OBANDO contra el ciudadano JESÚS ANÍBAL LOVERA; en consecuencia, este tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente a la Jueza inhibida, Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria
María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio N° 2016-A-
La Secretaria
María Elvira Reis.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticuatro (24) de mayo de dos mil dieciséis (2016) Años 205º y 157º

Oficio N° 2016-A-
Ciudadana:
Dra. ROSA DA SILVA GUERRA
Jueza del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el N° AC71-X-2016-000020 (752) de la nomenclatura llevada por este tribunal, con motivo de la inhibición propuesta por su persona, en su condición de Jueza a cargo del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada por DIVORCIO sigue la ciudadana GLORIA DEL VALLE FIGUEROA OBANDO contra el ciudadano JESÚS ANÍBAL LOVERA; constante de una (01) pieza de dieciocho (18) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha 20 de abril de 2016.-
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.

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