REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, nueve (09) de mayo de dos mil dieciséis (2016).-
Años 206° y 157°
AP71-S-2016-000016(16.160)
Vista la anterior diligencia suscrita por la abogada ANANI GUTIERREZ OROPEZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 87.229, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YINI CAPO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.517.718, mediante la cual consignó copias simples, a fin de que sean certificadas y agregadas a la boleta de notificación librada al Fiscal del Ministerio Público, este Tribunal, a los fines de dar cumplimiento al auto dictado en fecha 21 de abril de 2016, lo acuerda de conformidad. En consecuencia, se acuerda certificar por secretaría los fotostatos consignados de conformidad a lo establecido a los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y anexarlas a la boleta de notificación librada en fecha 21 de abril del corriente año, a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de Primera Instancia Numero Veintiséis de Valencia (España) en fecha 28 de mayo de 2012, en el expediente 000660/2012, y sentencia Nº 347/2012, que disolvió el vínculo matrimonial entre los ciudadanos YINI JOSEFINA CAPO CASTRO y CARLOS HUMBERTO BOOM MONTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-6.494.051 y V-10.335.144 respectivamente; de conformidad con lo establecido en el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, se anexa en copia certificada conjuntamente con los recaudos que acompañan a la solicitud. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Quien suscribe, MARIA ELVIRA REIS, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de las actuaciones que cursan insertas en el expediente signado bajo el Nº AP71-S-2016-000016(16.160), de la nomenclatura llevada por este despacho, con motivo de la solicitud de EXEQUATUR, presentada por los ciudadanos YINI JOSEFINA CAPO CASTRO y CARLOS HUMBERTO BOOM MONTERO. Dichas copias se certifican de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, nueve (09) de mayo del año dos mil dieciséis (2016). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA ELVIRA REIS.
Expediente Nº AP71-S-2016-000016 (16.160)
MER/YP