REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de mayo de dos mil dieciséis (2016)
206° y 157º
ASUNTO: AP21-S-2016-000439
Vista la diligencia presentada por la parte oferente el abogado LUIS MONTEZUMA, IPSA, N° 77.473, y la parte oferida MARIAM AIXAGUEVARA, C.I. V- 18.003.941, acompañada de su abogada RAYZA VEGAS, IPSA N° 68.163, en fecha 03 de Mayo de 2015, en la cual llegan a un acuerdo sobre el pago de las prestaciones sociales, en la presente oferta real de deposito por la cantidad de NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 9.490,79), para evitar cualquier proceso contra la empresa MEGALICORES LA CASTELLANA, C.A., estando el proceso en etapa de sustanciación, este juzgado lo HOMOLOGA el pago hecho en los términos expuestos por las partes con lo que se da cumplimiento al pago de las prestaciones debidas, asimismo se da por terminado el presente proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez
Secretaria
Abog. Gilberto Alfaro
Abog. Omaira Uranga
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