REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL QUINTO (5) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 23 de Mayo de 2016
205º y 156º
ASUNTO: APO1-S-2016-003073
RESOLUCIÓN JUDICIAL
ARTÍCULO 96 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
JUEZA: LUZ MARINA ZERPA ALBORNOZ
FISCAL DE FLAGRANCIA DEL MINISTERIO PUBLICO Abg. Eliana Suárez
IMPUTADO: FREDDY JOSE SOSA
DEFENSA PÚBLICA Nº 03: ABG. María Pocaterra
SECRETARIA: Abg. María Eugenia Lugo
Oídas las partes, la Jueza anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal QUINTO (5) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en presencia de las partes, dicta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Vista la aprehensión por los funcionarios adscritos a la División de Investigaciones y Protección En Materia de Niño, Niña Adolescentes, Mujer Y Familia, Distrito Capital, del ciudadano DOUGLAS JOSE ESCALONA, cédula de identidad Nº V- 15.340.279, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como lo es el de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley especial que rige la materia, se puede evidenciar a través del acta de investigación penal inserta en el folio (01) de las actuaciones que el ciudadano DOUGLAS JOSE ESCALONA, cédula de identidad Nº V- 15.340.279, una vez verificado por el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), el mismo se encuentra solicitado por el Juzgado PRIMERO de Control, del ESTADO PORTUGUESA, EXTENSIÓN ACARIGUA, según oficio numero PJ11-0F0-2013-02-8474, de fecha 17-12-2013, por el Delito de VIOLENCIA FISICA, razón por la cual, este Tribunal Quinto (5) de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia Y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas ,acuerda DECLINAR la presente causa por razón del territorio, al Juzgado PRIMERO de Control, del ESTADO PORTUGUESA, EXTENSIÓN ACARIGUA, de conformidad con lo establecido en el articulo 80, en concordancia con lo dispuesto en los artículo 62 y 58, todos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por supletoriedad del artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se acuerda notificar al órgano aprehensor de lo decisión aquí dictada, a los fines de realizar el traslado del ciudadano DOUGLAS JOSE ESCALONA, cédula de identidad Nº V- 15.340.279, ante el Juzgado Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, por ser el juez natural de la presente causa.
Quedan las partes notificadas con la lectura de la presente acta del resultado de la presente audiencia y de la resolución judicial dictada de manera fundada al término de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por supletoriedad del artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Regístrese. Publíquese y Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. LUZ MARINA ZERPA A.
LA SECRETARIA,
ABG, MARIA EUGENIA LUGO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
LA SECRETARIA,
ABG, MARIA EUGENIA LUGO