REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal QUINTO (5º) en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencias en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 24 de Mayo de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2016-003269
ASUNTO: AP01-S-2016-003269
RESOLUCIÓN JUDICIAL
ART. 96 Y 97 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
JUEZA: ABG. LUZ MARINA ZERPA
FISCALÍA ABG. YANURIS LOPEZ
VÍCTIMA: JULIET COROMOTO GALINDO CARRASCAL
DEFENSA PRIVADA ABG. HUGO CONCEPCION MEJIAS
IMPUTADO: LEONEL ENRIQUE BLANCO ROMERO
SECRETARIA: ABG. DAISNEL BARRIOS
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Con ocasión a la Audiencia de Presentación de Imputado, celebrada en esta misma fecha, se deja constancia que: Oídas las partes, este Tribunal QUINTO (5) de Primera Instancia en lo Penal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en presencia de las partes, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se ordena que el presente procedimiento siga las disposiciones establecidas en el artículo 97 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de que el Ministerio Público continúe con la investigación seguida contra el ciudadano: LEONEL ENRIQUE BLANCO ROMERO, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 23.150.575, por cuanto faltan múltiples diligencias por practicar. SEGUNDO: Se estima acreditado el delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA , previsto en el encabezamiento del articulo 41 Y 42 de la LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS LIBRES A UNA VIDA DE VIOLENCIA , en agravio de JULIET COROMOTO GALINDO CARRASCAL) . TERCERO: En relación a las Medidas de Protección y de Seguridad este Tribunal al tener como norte lo establecido en el artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objeto de proteger los derechos taxativamente señalados en el artículo 3 ibídem, se imponen las previstas en los numerales.3) Ordenar la salida del presunto agresor de la residencia común. 5) Se restringe al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida a los fines de ejercer actos violentos que atente contra su integridad física y psíquica, 6) prohibir que el presunto agresor por sí mismo o tercera personas realice actos de persecución , intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia y 13º), del artículo 90 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ello a los fines de que se le practique UNA EVALUACION INTEGRAL según lo establecido en la Ley 125 numeral 2º de la Ley Especial que rige la Materia, para que AMBOS comparezca ante el equipo Interdisciplinario, así como un examen BIO PSICOSOCIAL. CUARTO: Así mismo el Ciudadano LEONEL ENRIQUE BLANCO ROMERO, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 23.150.575, se acuerda que quedará bajo custodia del Centro de Captura hasta tanto cumpla con la medida Cautelar establecida en el articulo 242 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Pena, referente a la presentación de dos fiadores, los cuales devengaran sueldo mínimo asi mismo la del numeral 3, donde deberá presentarse ante la oficina del Palacio cada QUINCE (15) días. QUINTO: Se ordena la remisión de las actuaciones en su debida oportunidad legal a la FISCALÍA (133°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.
Quedan los partes notificados con la lectura y firma del acta, del resultado de la presente audiencia y de la resolución judicial dictada de manera fundada al termino de la misma, de conformidad con lo establecido en el 130 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Regístrese. Publíquese y Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. LUZ MARINA ZERPA
SECRETARIA,
ABG.DAISNEL BARRIOS
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
SECRETARIA,
ABG.DAISNEL BARRIOS