REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
206º y 157º
Expediente AP31-S-2014-004245
Sentencia Definitiva
PARTE SOLICITANTE: MARTHA SENEN ROSARIO SEQUERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-5.074.379.
ABOGADO ASISTENTE: YASMIN CORDOBA BARRIOS, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 32.804.
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCION.
-I-
Visto el escrito presentado por la ciudadana MARTHA SENEN ROSARIO SEQUERA, antes identificada, debidamente asistida por la abogada en ejercicio, YASMIN CORDOBA BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 32.804, por medio de la cual solicita la Rectificación del Acta de Defunción de la de cujus MARIA DE JESUS SEQUERA REYES, la cual se encuentra inserta en los Libros de el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotado bajo el No. 1962, de fecha 08 de noviembre de 2011, cursante a las actas, pues, alega la solicitante que el acta en cuestión adolece del siguiente error: 1) Que al asentar en dicha acta a los descendientes de la de cujus, involuntariamente se asentó al ciudadano ALVARO JESUS ROSARIO SEQUERA, la cual es hijo de JULIO CESAR ROSARIO SEQUERA.
-II-
Para probar lo alegado, la solicitante consignó copia certificada del Acta de Defunción de la de cujus MARIA DE JESUS SEQUERA REYES, la cual se encuentra inserta en los Libros de el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotado bajo el No. 1962, de fecha 08 de noviembre de 2011.
Del Acta de Defunción, la de cujus MARIA DE JESUS SEQUERA REYES, la cual se encuentra inserta en los Libros de el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotado bajo el No. 1962, de fecha 08 de noviembre de 2011.
la de cujus MARIA DE JESUS SEQUERA REYES, la cual se encuentra inserta en los Libros de el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotado bajo el No. 1962, de fecha 08 de noviembre de 2011, cursante en autos, se desprende claramente el error manifestado por la solicitante, y por constituir dicho acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevén los artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
-III-
Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante este Juzgador considera suficiente para determinar lo alegado en auto. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Defunción la de cujus MARIA DE JESUS SEQUERA REYES, la cual se encuentra inserta en los Libros de el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotado bajo el No. 1962, de fecha 08 de noviembre de 2011. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea en el Acta que la de cujus MARIA DE JESUS SEQUERA REYES no era madre del ciudadano ALVARO JESUS ROSARIO SEQUERA”. ASÍ SE DECIDE.
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, 31 de mayo de 2016. Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR,
RENAN JOSE GONZALEZ.
EL SECRETARIO,
EDWARD COLMENARES.
EXP: AP31-S-2014-004245
RJG/EC/analhy-*
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