REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DECIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA
DE CARACAS
Años: 206º y 157º
Exp. Nº AP31-S-2016-003644
SOLICITANTES: ALEXANDER FANEITE, de nacionalidad venezolana, de ocupación Conductor, de estado civil divorciado, titular de la cedula de Identidad 6.454.295, y en este domicilio, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio, Eleisa Marrón, inscrita en el lnpreabogado bajo el No 20.538.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR

“…Yo, ALEXANDER FANEITE, de nacionalidad venezolana, de ocupación Conductor, de estado civil divorciado, titular de la cedula de Identidad 6.454.295, y en este domicilio, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio, Eleisa Marrón, con residencia en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital e inscrita en el lnpreabogado bajo el No 20.538. En mi carácter de Nieto Materno de la ciudadana MARIA ESTILITA FANEITE VUIDA DE MARRON, Cedula de identidad número 1.850.841.
Ocurro ante su competente autoridad para exponer: YO, ALEXANDER FANEITE, le he venido proveyendo de alimentación, vestido, atención médica y medicinas, requeridos por mi abuela, todo esto lo he venido realizando, desde el fallecimiento de mi padre.
Es el caso Ciudadano Juez, que soy funcionario activo, donde por razones de ley y de la contratación colectiva de trabajo disfruto de beneficios tales como Seguro HCM, así como Seguro Social y demás beneficios, de igual manera mi abuela pudiera disfrutar de los beneficios antes señalados, sin embargo, se está privando de ellos por cuanto no poseo documento oficial alguno donde conste que está bajo mi manutención.
Con la finalidad de probar los hechos anteriormente narrados, anexo lo siguiente:
Marcado con la letra “A” JUSTIFICATIVO DE TESTIGO, en donde se presentaron:
Cedula identidad de mi abuela, Partida de Nacimiento de mi Padre y mi partida de nacimiento, para justificar el lazo de sangre de nosotros tres, con sus respectivas cedulas de identidad, Acta de Defunción de mi Padre, para dar constancia de porque tengo la manutención de mi abuela, y de los testigos que avalaron este acto con sus respectivas cédulas.
Ciudadano Juez. En razón de lo antes expuesto y alegado, acudo a su competente autoridad para solicitarle, como en efecto le solicito un JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR.
Por cuanto la presente solicitud, obra exclusivamente en el interés de mi Abuela y no existe persona alguna que pudiera perjudicarse con la decisión
que recaiga en él, por tal motivo es que solicito que el procedimiento a seguir sea el abreviado, una vez materializada dicha solicitud, se oficie lo conducente a las autoridades competentes y a los fines legales consiguientes….”

Observa este Tribunal, que el solicitante pretende se le expida un justificativo de testigo de carga familiar, en el cual, el Tribunal haya declarado, que el solicitante ALEXANDER FANEITE, titular de la cedula de identidad N° 6.454.295, tiene a su abuela, la ciudadana MARIA ESTILITA FANEITE VUIDA DE MARRON, titular de la cedula de identidad N° 1.850.841, como carga familiar, por lo que el Tribunal le indica, que lo único, que se le puede expedir, es un justificativo de testigos, sin que el Tribunal emita opinión alguna, tal y como lo hizo el Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, en el justificativo de testigos que corre inserto a los autos, motivo por el cual, se niega la admisión de la presente solicitud y así se decide.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 24 días del mes de Mayo de 2016. Años: 206º y 157°.
LA JUEZ TITULAR

DRA. LORELIS SÁNCHEZ

EL SECRETARIO TITULAR.,

ABG. FERMIN MONSALVE
En la misma fecha, siendo las 3:00 p.m., se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO TITULAR.,

ABG. FERMIN MONSALVE
Exp. N° AP31-S-2016-003644