ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-002261
PARTE ACTORA: ANDRES JOSE IBARRA MUÑOZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARISELA CISNEROS
PARTE DEMANDADA: GENERAL DE SERVICIOS MANAGEMENT 2050 CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDRES SALAZAR
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, 17 de Noviembre de 2016 siendo las 10:30 am día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano ANDRES JOSE IBARRA MUÑOZ, titular de la cédula de identidad número 6.150.777 en su carácter de parte actora debidamente asistido del abogado en ejercicio ANDRES SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.791. Por la parte demandada comparecieron los ciudadanos CARLOS JIMENEZ y EDWIN ESPINOZA, titulares de las cédulas de identidad número 13.612.005 y 9.964.212 respectivamente, en sus carácter de Gerente de Operaciones y Gerente de Comercialización. Conjuntamente con la apoderada judicial, abogado en ejercicio MARISELA CISNEROS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 19.655 dándose inicio a la audiencia. En este estado, la parte demandada, a los fine de dar por terminado el presente proceso, ofrece cancelar al trabajador, la cantidad de Bs. 1.151.567,43 monto éste que cubre los conceptos de prestaciones sociales, indemnización por despido, vacaciones, bono vacacional, utilidades, salarios caidos, cesta ticket. Asimismo, ofrece cancelar este monto de la siguiente manera: para el 1 de diciembre de 2016 la cantidad de Bs. 575.783,71. Para el 16 de enero de 2017 la cantidad de Bs. 287.891,86 y para el 15 de febrero de 2017 la cantidad de Bs. 287.891,86. En este estado, la parte actora analizada la oferta hecha por la demandada, acepta la misma en los términos expuestos. Este Tribunal, vista la mediación celebrada entre las partes, observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador; por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se homologa el acuerdo de las partes en los términos expuestos, dándole efectos de cosa juzgada. Se deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez
Abg. Neyireé Toledo
Parte Actora
Parte Demandada
La Secretaria
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