REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo (22) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: AP21-L-2016-001661
Por cuanto este Juzgado ha fijado para el día 9 de noviembre del año en curso la práctica de la medida de embargo sobre bienes propiedad de la entidad de trabajo accionada, se procede a actualizar el cálculo de los intereses de mora causados hasta la fecha sobre las prestaciones sociales de la ciudadana Vannesa Aguilar Linares, parte actora suficientemente identificada en autos, ordenando agregar a los autos el resultado arrojado producto de la aplicación del Módulo de información estadística financiera y cálculos solicitados por el Poder Judicial del Banco Central de Venezuela, considerando los siguientes aspectos:
Para los intereses de mora sobre la antigüedad se consideró desde el 20-1-2015, día siguiente a la terminación de la relación de trabajo hasta el 31 de agosto de 2016, fecha hasta la cual dispone información el Banco Central de Venezuela, arrojando por este concepto la cantidad de Bs.9.510,19.
Con relación a la indexación, debe advertirse que el ente emisor de la data no ha publicado los índices del año 2016, por lo que se mantiene la cantidad ya determinada en la sentencia, la cual arrojó Bs. 34.130,88 al 31-12-2015. En consecuencia el monto total a ser ejecutado es por la cantidad de Bs. 72.399,09. Así se decide.
De esta forma, se ordena agregar en dos (2) folios como parte integrante de este auto, los resultados arrojados por la citada herramienta tecnológica. Así se decide.
La Juez
La Secretaria
Lisbett Bolívar Hernández
Abg. Yarellys Santaella
El Juez
El Secretario
Abg. Lisbett Bolívar Hernández
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