REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.Caracas, veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)Años 206º y 157º
Expediente Nº AP71-R-2016-001082 (847)
Vencido como se encuentra el lapso de allanamiento establecido en el artículo 86 del Código de Procedimiento Civil, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que se siga conociendo del presente recurso ordinario de apelación, así como de las copias certificadas de las actuaciones relativas a la inhibición planteada en fecha 15/11/2016, a los fines de que sea decidida dicha inhibición, abriéndose el respectivo cuaderno de la incidencia. Por último, se ordena testar la foliatura del expediente, conforme a lo previsto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular,
Abg. María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Asimismo, se corrigió la foliatura del expediente, salvándose los folios desde el 02 al 141 (ambos inclusive), desde el folio 145 al 230 (ambos inclusive) y desde el folio 260 al 266 (ambos inclusive). Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Se deja constancia que lo testado NO VALE.-
La Secretaria Titular
Abg. María Elvira Reis.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)Años 206º y 157º
Expediente Nº AP71-R-2016-001082 (847)
Tal y como fue ordenado por auto de esta misma fecha, se abre la presente pieza que se denominará “cuaderno separado” todo ello con motivo de la inhibición planteada por quien suscribe en fecha 15/11/2016, en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA incoado por el ciudadano IMAD NAGIB EL ASMAR contra el ciudadano SAMER EL ASMAR.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular,
Abg. María Elvira Reis.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)Años 206º y 157º
OFICIO N° 2016-A-
UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS SUPERIORES EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO:
Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2016-001082 (847) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo de la inhibición planteada en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA incoado por el ciudadano IMAD NAGIB EL ASMAR contra el ciudadano SAMER EL ASMAR, constante de tres (03) folios útiles.
Remisión que se le hace a usted, a los fines de su distribución.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ JAIMES.
Expediente Nº AP71-R-2016-001082 (847)
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)Años 206º y 157º
OFICIO N° 2016-A-
UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS SUPERIORES EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO:
Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2016-001082 (847) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA incoado por el ciudadano IMAD NAGIB EL ASMAR contra el ciudadano SAMER EL ASMAR, constante de una (1) pieza de doscientos setenta y cuatro (274) folios útiles y un cuaderno de medidas N° 1 de ciento treinta y cinco (135) folios útiles.
Remisión que se le hace a usted, a los fines de su distribución.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ JAIMES.
Expediente Nº AP71-R-2016-001082 (847)
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.
Quien suscribe, MARIA ELVIRA REIS, secretaria Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto del acta de inhibición planteada por el juez titular de este despacho, cursante en el expediente Nº AP71-R-2016-001082 (847) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA incoado por el ciudadano IMAD NAGIB EL ASMAR contra el ciudadano SAMER EL ASMAR, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. En Caracas, veintiuno (21) día del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). A 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.
LA SECRETARIA TITULAR,
MARIA ELVIRA REIS.
Expediente Nº AP71-R-2016-001082 (847)