REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-001937
PARTE ACTORA: SAMER EL ASMAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NORIALY ROMERO GONZALEZ, JUAN PRADA
PARTE DEMANDADA: IMAD NAGIB EL ASMAR e INVERSIONES G.J.I 21 C.A. ,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DAVINKA BETHENCOURT y JAVIER ZERPA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
El presente procedimiento se inició por demanda por cobro de prestaciones sociales, incoada por el ciudadano SAMER EL ASMAR contra IMAD NAGIB EL ASMAR y INVERSIONES G.J.I 21 C.A.; en fecha 20 de octubre de 2016, fue distribuida y recibida la causa para Audiencia Preliminar por este Juzgado; en fecha 23 de noviembre de 2016, fue presentada diligencia suscrita por el abogado JUAN PRADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.873, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción en la presente causa; por lo que este Juzgado pasa a pronunciarse de acuerdo a las siguientes consideraciones:
En primer lugar se observa que el abogado apoderado judicial de la parte actora, tiene facultades para desistir, según se evidencia del instrumento poder que corre inserto a los autos; que el expediente se halla en fase de mediación, como se indicó; que no se vulneran derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público. Por lo que se Homologa el desistimiento sólo del procedimiento, como se hará en la dispositiva. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas y por autoridad de la ley este Juzgado Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dándole efectos de la cosa juzgada, en la demanda por cobro de prestaciones sociales, incoada por el ciudadano SAMER EL ASMAR contra IMAD NAGIB EL ASMAR y INVERSIONES G.J.I 21 C.A. SEGUNDO: se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena la devolución de las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 y 206.
La Jueza,
Abg. Karla González Mundaraín
La Secretaria,
Abg. Suhail Flores
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